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Deja SCJN vigente revocación de mandato

No se lograron los ocho votos necesarios para su invalidez

Ciudad de México

Votación. La mayoría de ministros de la Suprema Corte de Justicia declaró que la figura de revocación de mandato en la Ciudad de México seguirá vigente.Deja SCJN vigente revocación de mandato

 Seis de los once Ministros se pronunciaron ayer por anular porciones del artículo 25 de la Constitución de la CDMX, que permite revocar el mandato de cualquier funcionario electo popularmente, una vez transcurrida la mitad del periodo respectivo.

 En marzo de 2012, la Corte había anulado una figura similar legislada en Yucatán, por nueve votos contra dos.

 Pero al Ministro Arturo Zaldívar, disidente en aquella ocasión, se sumaron tres Ministros de más reciente ingreso, que dijeron favorecer la revocación por tratarse de una práctica legítima de democracia directa y no estar prohibida por la Constitución federal.

 Jorge Pardo, que votó en 2012 por invalidar la revocación en Yucatán, ahora la legitimó en la capital, afirmando que la Constitución federal ya contempla la consulta popular para ciertos temas, y existe libertad de configuración de los Estados.

 Aunque seguirá vigente, la revocación será frágil jurídicamente, pues los funcionarios a los que se pretenda someter a este proceso podrían impugnarlo mediante amparo, que en la Corte se concede con solo seis votos, o en demandas ante los tribunales electorales.

 Además, al ser desestimada la acción de la PGR por no alcanzarse los ocho votos para invalidar, la Corte no hará pronunciamiento alguno sobre este tema en su sentencia final sobre la Constitución local, y seguirán rigiendo los precedentes que dictó en 2012.

 Los Ministros Fernando Franco y Eduardo Medina Mora alertaron sobre el diseño deficiente de la revocación en la CDMX, donde el procedimiento inicia a solicitud del 10 por ciento de los inscritos en el listado nominal de electores.

 Para la revocación, será necesario que al menos 60 por ciento del listado participe en la consulta, y al menos 40 por ciento vote por revocar.

 Franco detalló que con estos criterios, bastaría el voto del 24 por ciento de los inscritos en la lista, o 1.8 millones de personas, para revocar el mandato de la Jefa de Gobierna electa, Claudia Sheinbaum, que tuvo 47 por ciento de los votos con cerca de 70 por ciento de participación.

 "La candidata que quedó en segundo lugar (Alejandra Barrales) tuvo 30 por ciento. Quiere decir que el solo bloque de electores que no votaron por la Jefa de Gobierno electa, son más del 24 por ciento para que pudieran revocar un mandato de la importancia que tiene la Jefatura de Gobierno", dijo Franco.

 Alberto Pérez Dayán y Margarita Luna enfatizaron que la Constitución federal prevé que los Congresos locales revoquen mandatos, cuando los funcionarios incurran en causas previstas en la ley, con derecho de audiencia para el afectado.

 "Si no se escucha a la persona es un procedimiento muy injusto, donde se puede quitar a una persona por una cuestión de animadversión personal", dijo Luna.

 "Tanto los votantes como los votados conocen y conocerán la duración del cargo de elección popular", agregó el Presidente Luis María Aguilar, quien enfatizó la importancia del plazo fijo para el que son electos los servidores públicos.

Este lunes, durante su exposición, el ministro Laynez explicó que el Constituyente capitalino no incluyó hipótesis de conductas en las que pudieran incurrir los servidores públicos de la CDMX para ser sujetos de un proceso como este.

Por ello, consideró que esta figura no se asemeja al juicio político, como alegó la Procuraduría General de la República (PGR) en su demanda de acción de inconstitucionalidad contra la Constitución capitalina.

Debido a que no existió una mayoría a favor de la revocación de mandato, el fallo que publique la SCJN sobre la Constitución de la Ciudad de México no establecerá ningún criterio sobre esta figura, simplemente, permanecerá conforme al texto original.




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