CNDH emite recomendación a Comar
La Ley sobre refugiados establece un periodo de 45 días hábiles, que se puede ampliar por otro lapso igual, para que Gobernación, de la que depende la Comar, emita en cada caso una resolución
Cd. de México.
Derivado del sismo de septiembre de 2017, que dañó instalaciones de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar), los solicitantes de asilo han esperado hasta dos años sin que su caso sea resuelto aún, señaló la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
En la recomendación 38/2019, el organismo documentó que 112 solicitantes de la protección internacional, entre ellos algunos menores de edad, no han recibido respuesta de la Comar, pues sus procedimientos quedaron suspendidos por un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 30 de octubre de 2017.
Dicho acuerdo se publicó debido a que el sismo dañó el edificio en el que en ese entonces se encontraban las oficinas de la Comisión Mexicana.
"Los procedimientos de todas las víctimas mencionadas en esta Recomendación quedaron suspendidos, sin constancia alguna que esa situación les fuera notificada debidamente a las víctimas, dejándolas sin acceso a un debido proceso en un periodo de incertidumbre migratoria y de vulnerabilidad", indicó la CNDH.
La Ley sobre refugiados, protección complementaria y asilo político establece un periodo de 45 días hábiles, que se puede ampliar por otro lapso igual, para que la Secretaría de Gobernación, de la que depende la Comar, emita en cada caso una resolución escrita, fundada y motivada sobre si el solicitante será reconocido o no como refugiado.
Pese a ello, 95 de los 112 migrantes a los que se refiere la Recomendación no han recibido ninguna resolución de su procedimiento, aunque les admitieron su solicitud entre junio de 2017 y diciembre de 2018.
En el resto de las víctimas, los procedimientos se encuentran en otras etapas, pero en ningún caso se ha rechazado o aceptado su condición de refugiados.
En la Recomendación, la CNDH también recuerda que en abril de 2018 un Juzgado de Distrito de Amparo en Materia Administrativa de la Ciudad de México determinó que el acuerdo de suspensión de la Comar es inconstitucional.