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‘Blinda’ juez a CDV contra aprehensión

Concedió la suspensión definitiva contra la orden de captura que se le había girado por delitos federales

El gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, mantiene la suspensión total contra la orden de aprehensión en su contra por los delitos federales.

‘Blinda’ juez a CDV contra aprehensión

Esta determinación deberá hacerse del conocimiento del Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en turno, para los efectos legales a que haya lugar respecto de las quejas que se tuvieron interpuestas en los proveídos de veintisiete de mayo de dos mil veintiuno y de esta fecha. Notifíquese”. Faustino Gutiérrez, Notificación del Juez

El juez octavo de distrito, Faustino Gutiérrez Pérez, decidió conceder la suspensión definitiva a pesar de que ninguna de las partes acudió a la audiencia que se realizó a las 13:00 horas en la ciudad de Reynosa, de acuerdo a la síntesis publicada en el listado de acuerdos.

“Esta determinación deberá hacerse del conocimiento del Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en turno, para los efectos legales a que haya lugar respecto de las quejas que se tuvieron interpuestas en los proveídos de veintisiete de mayo de dos mil veintiuno y de esta fecha. Notifíquese”, instruyó el juzgador.

El miércoles 19 de mayo, la Fiscalía General de la República (FGR) obtuvo una orden de aprehensión, concedida por el juez de Distrito Especializado en el Estado de México, con residencia en Almoloya de Juárez, Iván Aarón Zeferín Hernández.

El 25 de mayo, el juez Gutiérrez Pérez dio su primera postura al respecto, donde reconoció que el pronunciamiento del ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juan Luis González Alcántara Carrancá, en el desecamiento de la controversia constitucional 50/2021 contaba con bases para proteger al político panista.

“En esas condiciones, sostiene la ejecutoria invocada, que ‘sin prejuzgar sobre la culpabilidad o no respecto del ilícito que se relaciona, ‘‘pues existe la oportunidad de llevar a cabo el procedimiento penal una vez que el servidor público concluya en su cargo’. ‘Es decir, cuando concluya el mandato del imputado ahora quejoso, al parecer se continuará el procedimiento penal hasta culminar en sentencia, que puede ser condenatoria”, cita el juez del acuerdo de la Corte.

Al finalizar este apartado el titular del Juzgado Octavo de Distrito afirma:

“En consecuencia, si la Legislatura local no aprobó el desafuero subsiste la inmunidad, lo cual, se insiste, será en todo caso la materia del fondo del amparo, y el funcionario conserva su cargo hasta que concluya el período para el que fue electo”.



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