Avalan en la Corte democracia sindical
Negó ayer 4 amparos contra 12 artículos de la Ley Federal del Trabajo
Ciudad de México.
La Suprema Corte de Justicia avaló todos los aspectos relevantes de la reforma laboral de mayo de 2019, que habían sido impugnados por decenas de sindicatos.
La Segunda Sala de la Corte negó ayer 4 amparos contra 12 artículos de la Ley Federal del Trabajo, que transformaron la vida interna de los gremios y son parte crucial de la implementación del Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC).
Por unanimidad, la Sala declaró constitucional la obligación de los sindicatos de elegir a sus dirigentes por voto directo y secreto de todos los agremiados; es decir, sin intermediación de delegados u otros representantes.
Los Ministros también avalaron el derecho de los trabajadores a negarse a descuentos de su salario para pagar la cuota sindical; la obligación de someter a consulta de todos los agremiados, también por voto directo y secreto, tanto los nuevos contratos colectivos de trabajo (CCT), como sus revisiones bianuales; y el mandato a las directivas sindicales para rendir cuentas “completas y detalladas” a sus integrantes de la administración de su patrimonio.
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También se avaló la facultad del nuevo Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (Cefecorel) para llamar a recuentos cuando existan “dudas razonables” sobre la veracidad de documentos presentados para acreditar una elección de dirigentes.
“La calidad de voto directo es una medida idónea para garantizar la democracia interna de los sindicatos y la libertad de los agremiados, pues permite que la elección de los representantes sindicales se realice mediante la voluntad expresada de sus agremiados, y no por conducto de intermediarios o delegados, lo que reduciría su carácter personalísimo, exigido por la Constitución”, afirman las sentencias.