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Atoran Ley de Hidrocarburos

Habrá que esperar a que se desechen todos los amparos que privados promovieron para poder aplicar la reforma a la Ley

Para poder aplicar la reforma a la Ley de Hidrocarburos es necesario esperar a que se desechen todos los amparos que privados promovieron tras su entrada en vigor.

Ley de Hidrocarburos sin poder aplicarse aún.Atoran Ley de Hidrocarburos

Los dos Tribunales Colegiados Especializados en Competencia Económica consideraron que los amparos promovidos por particulares en contra de los artículos 57, 59 bis, 4 y 6 transitorios debían desecharse porque la nueva ley no se puede impugnar por su sola publicación, ya que no implica afectaciones inmediatas.

Esto la convierte en una ley heteroaplicativa.

Mauricio León, socio de la firma Sánchez Devanny, expuso que el criterio adoptado por los magistrados es de gran relevancia, pues marcará un precedente de lo que sucederá con los cientos de amparos presentados.

De manera jerárquica, los magistrados de los tribunales están por encima de los jueces de distrito, por lo que casi todas las determinaciones de los jueces (como las suspensiones) pueden someterse a una segunda revisión por parte de los magistrados si una de las partes interpone un medio de defensa, expuso.

PIDIERON REVISIÓN

En este caso, las autoridades contra las que se interpusieron los amparos pidieron una revisión de las suspensiones de carácter general otorgadas por los jueces para detener la aplicación de la reforma.

“Con base en lo ocurrido, es previsible que todos los amparos promovidos contra dicha reforma eventualmente sean desechados. Y es previsible que las suspensiones concedidas queden sin efectos, quizá a fines o inicios de este año, pero la reforma no se podrá aplicar hasta que se revoque la última suspensión con efectos generales concedida.

Criterio aún no es obligatorio

 Una vez que la reforma comience a aplicarse, las empresas podrán interponer un nuevo amparo, pero sólo con efectos para el particular que lo presente

 Julia González Romero, asociada senior de González Calvillo, expuso que pese a los amparos desechados, siguen suspendidos con efectos generales los artículos mencionados y así será hasta que se desechen todos o se levanten todas las suspensiones

 El criterio de los tribunales aún no es obligatorio para los jueces, pues no se ha publicado la jurisprudencia; una vez que se publique el criterio será obligatorio para ambos jueces, lo cual podría ser muy pronto porque ya hay cinco fallos coincidentes

 En cuanto comience la aplicación de los artículos suspendidos, las empresas afectadas tendrán hasta 15 días hábiles para presentar un nuevo amparo indirecto.

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