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Aprueban la ‘Ley Olimpia’; cárcel a ciberdepredadores

Establece penalizaciones severas para quienes exhiban y violen la intimidad de las personas, en particular menores de edad

Cd. Victoria, Tam.

Aprueban la ‘Ley Olimpia’; cárcel a ciberdepredadores
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”Aún y cuando la violencia contra las mujeres ha sido abordada desde diversas perspectivas, hoy en día tomando en cuenta el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, se da mayormente en las redes sociales en Internet”.* Francisco Javier Garza de Coss, diputado local.

Cd. Victoria, Tam.

Con 5 votos a favor y sólo 2 abstenciones fue aprobada la llamada ‘Ley Olimpia’ por la Diputación Permanente, la cual establece sanciones ejemplares para quienes haciendo uso de medios electrónicos, o de cualquier tipo, exhiban o violen la intimidad de las personas, en particular niñas o menores de edad.

“Los temas que hoy abordamos parten de una iniciativa social que en algunos lugares se denomina ‘Ley Olimpia’, misma que busca a través de sus propuestas salvaguardar la seguridad de las mujeres que son víctimas con la finalidad de erradicar la violencia digital”, mencionó el diputado local Francisco Javier Garza de Coss, “aún y cuando la violencia contra las mujeres ha sido abordada desde diversas perspectivas, hoy en día tomando en cuenta el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, mayormente en las redes sociales en Internet es que el fenómeno de la violencia y el acoso nuevamente se posiciona en el interés y preocupación a nivel mundial”.

La ‘Ley Olimpia’ contempla reformas al Código Penal del Estado de Tamaulipas y a la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, ‘comete el delito quien Viole la Intimidad, el que revele, difunda, publique o exhiba mediante correos electrónicos mensajes telefónicos, redes sociales o por cualquier otro medio imágenes, audio, video de contenido íntimo, erótico, sexual, de una persona sin contar con el consentimiento de la víctima’, por este delito se contemplan penas de 4 a 8 años de prisión y multas de mil a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización -de 86 mil 880 a 173 mil 760 pesos-.

Mientras que comete el delito de Ciberacoso ‘quien hostigue o amenace por medio de las tecnologías de la información y comunicación tales como redes sociales, mensajería instantánea, correos electrónicos o cualquier otro medio digital, y cause un daño en la dignidad personal o afecte la paz, la tranquilidad o la seguridad de las personas mediante el envío de mensajes de texto, video, impresiones gráficas, sonoras, o fotografías’, por este delito las penas serán de 3 a 5 años de prisión y multas de 50 a 300 días de valor diario de la UMA -20 mil 64 a 86 mil 880-.

Dichas modificaciones deberán de pasar por la aprobación del Pleno del Congreso de Tamaulipas, por lo que podría ser convocada una sesión extraordinaria la próxima semana para la aprobación final de esta ley.

Lo que la ley establece 

Sanciones ejemplares para quienes haciendo uso de medios electrónicos, o de cualquier tipo, exhiban o violen la intimidad de las personas, en particular niñas o menores de edad.

-El delito

quien Viole la Intimidad, el que revele, difunda, publique o exhiba mediante correos electrónicos mensajes telefónicos, redes sociales o por cualquier otro medio imágenes, audio, video de contenido íntimo, erótico, sexual, de una persona sin contar con el consentimiento de la víctima. 

Las penas

-Prisión de 4 a 8 años

Multas de mil a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida. 

-Actualización -de 86 mil 880 a 173 mil 760 pesos-.

Las penas

-Prisión de 3 a 5 años

-Multas de 50 a 300 días de valor diario de la UMA -20 mil 64 a 86 mil 880-.



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