Orientan en tema de pago de aguinaldos

Autoridades del Trabajo, exhortan a informarse sobre la prestación denominada aguinaldo

Previo al inicio del periodo vacacional de invierno de las dependencias del Estado, proletarios deben conocer las prestaciones a que tienen derecho con el fin del año.

Autoridades del Trabajo, exhortan a informarse sobre la prestación denominada aguinaldo. Esto principalmente a personas que acaban de incursionar formalmente en el mercado laboral, para conocer los pormenores de este derecho consagrado en el artículo 123 de la Constitución.

¿Qué es el aguinaldo y cómo se calcula?

Con la llegada de la recta final del año, la Procuraduría Auxiliar del Trabajo, inicia con la asesoría y la orientación de los trabajadores en materia de aguinaldos y otras prestaciones como fondo de ahorro. El titular de la Procuraduría Auxiliar del Trabajo, José Raymundo Camacho Segovia, inició las asesorías al respecto.

Acciones de la Procuraduría Auxiliar del Trabajo

El horario de atención, es en días hábiles de lunes a viernes de las 08:00 a las 16:00 horas. La prestación del aguinaldo se encuentra plasmada en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Fechas clave para el pago del aguinaldo

La fecha límite de pago es el día veinte de diciembre. La cantidad a entregarse a los proletarios, es el equivalente a quince días de salario, por lo menos.