Responsabilizan a la CFE

Los particulares tendrán derecho a una indemnización conforme a las bases y trámites que establezcan las leyes

Con fundamento en la Constitución Federal de la Republica que en su Artículo 109 (Último Párrafo) establece: La responsabilidad del Estado por los daños que, con motivo de su actividad administrativa irregular, cause en los bienes o derechos de los particulares, será objetiva y directa. Los particulares tendrán derecho a una indemnización conforme a las bases, trámites y procedimientos que establezcan las leyes.

Pero también, con fundamento en la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, que establece en sus Artículos 2, 4 y 5 la procedencia y derechos de los particulares a reclamar una resarsición de daños patrimoniales ante una mala prestación o praxis de servicios.

Efectuar una compensación ante daños morales y patrimoniales en perjuicio de particulares.

Con lo anterior se funda la procedencia de emprender reclamos ante la Comisión Federal de Electricidad (CFE) por los daños derivados del Mega Apagón del pasado lunes 15 de febrero.

Alfredo Castro Olguín, asesor jurídico y defensor de usuarios de la CFE, expuso en entrevista para EL MAÑANA que no se descarta que la paraestatal enfrente una oleada de reclamos de indemnización ante daños materiales en mobiliario y equipos en viviendas y comercios.

Al ampliar en detalles amplió en declaraciones ante este medio que los usuarios cuentan con varias alternativas para hacer validos sus reclamos en caso de perjuicios.

Indicó, que inicialmente se recurre a la vía conciliatoria administrativa, es decir documentar con pruebas fehacientes los daños ocasionados ante los “cortes” al suministro eléctrico, presentándolos por escrito ante las oficinas comerciales de la CFE.

En caso de omisión o falta de respuesta de la Comision, se recurre entonces a la conciliación y arbitraje a través de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y en última instancia ante los Tribunales.

Castro Olguín, advirtió que las contingencias aun cuando CFE pudiera argumentar estar exenta por ser “causas de fuerza mayor” como proveedor del servicio eléctrico en el país, no los exime de su responsabilidad.


La CFE es responsable ante los daños materiales en equipos y mobiliario ante los “cortes” aleatorios y apagón.