Cd. de México
La iniciativa enviada por el Ejecutivo modifica el artículo 57 de la Ley e incluye el 59 bis, que permite la intervención de la autoridad. La Secretaría de Energía y la Comisión Reguladora de Energía podrán suspender los permisos expedidos cuando "se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional".
"La autoridad que haya emitido el permiso (de importación de hidrocarburos) se hará cargo de la administración y operación del permisionario para la continuidad en la operación de las actividades", señala el texto que se prevé sea discutido el próximo miércoles.