- CIUDAD DE MÉXICO
En un pronunciamiento, lamentaron que la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de San Lázaro se niegue a acatar la sentencia del Tribunal, ya que fue el Constituyente Permanente y ambas Cámaras del Congreso las que aprobaron las reformas constitucionales y legales que reconocen el principio de paridad.
"Nos sorprende sobremanera la reacción de la Jucopo en contra de la próxima designación de una mujer presidenta del INE. La paridad y la alternancia son precisamente los principios convencionales y constitucionales que hacen posible la materialización del acceso de las mujeres a los espacios públicos de decisión, en igualdad de condiciones de los hombres", indicó.
La red calificó como un hecho notorio que en 33 años desde la creación del Instituto Federal Electoral y, posteriormente, del Instituto Nacional Electoral, ninguna mujer ha sido designada presidenta del Consejo General.
Al respecto, recordaron que es la actuación judicial la que logra eliminar estos desequilibrios en el ejercicio pleno de derechos."Ya es hora de que los hombres diputados comprendan que con dichas medidas no se excluye a los hombres, sino que se equilibra el ejercicio pleno de derechos de las mujeres, lo que ha quedado asentado en diferentes jurisprudencias.
Respecto a la presunta violación a los derechos de los hombres que ya se inscribieron en el proceso, la red advirtió que el tema no fue materia de la litis del juicio resuelto por el Tribunal, toda vez que los que se resolvió es el derecho político de las mujeres a ocupar la presidencia del INE.
El pronunciamiento recuerda que en el fundamento y motivación de la sentencia del Tribunal se utilizó el método de interpretación histórico, por lo que se recordó que desde la creación del árbitro electoral ha contado con 12 presidentes varones y solamente dos consejeras mujeres lo han presidido de forma provisional o para una sesión en concreto en cuatro ocasiones.
"El TEPJF deja en claro que el contexto histórico de la integración del INE demanda que la Presidencia sea ocupada por una mujer, lo que representaría no sólo la materialización de la paridad, sino un mensaje simbólico de representación de las mujeres en uno de los órganos más relevantes y significativos en la democracia de este País", señala.
La red explicó que esta no es la primera vez que el Tribunal resuelve la alternancia en órganos electorales, ya que en Jalisco, Estado de México y Oaxaca determinaron la alternancia en las presidencias de los OPLES, y avalaron que era conforme a la Constitución y las leyes, que se tenía que emitir una convocatoria exclusiva para mujeres.