La medida fue impugnada por ciudadanos que la consideran limitante. Sin embargo, el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera aclaró que el acuerdo no impide llevar anotaciones, impresiones o fotos personales al emitir el voto, siempre que no se exhiban públicamente durante la veda ni la jornada electoral.
El tribunal concluyó que el INE no vulnera derechos constitucionales ni se extralimita, sino que busca evitar actos de presión o coacción sobre el electorado en una elección compleja como la actual.