Decreto ‘vigente pero no aplicable’

No se puede llevar a cabo en este momento por no cumplir con la temporalidad

La Sala Especializada del Tribunal Electoral federal consideró “vigente pero no aplicable” para la revocación de mandato, el decreto publicado ayer y que permite la propaganda gubernamental durante la veda electoral.

Aun cuando reconocieron facultades del Congreso para interpretar las leyes, los Magistrados Rubén Lara, presidente, y Luis Espíndola y la magistrada Gabriela Villafuerte coincidieron en que no se puede aplicar en este momento por no cumplir con la temporalidad establecida en el artículo 105 constitucional.

La Constitución establece que las modificaciones a reglas electorales se deben aprobar y publicar al menos 90 días antes  del inicio de comicios. 

El debate sobre el decreto se dio en el contexto del análisis de una queja en contra del Presidente Andrés Manuel López Obrador y otros funcionarios por el evento titulado “Mensaje a la Nación, tres años de gobierno 2018-2021”, celebrado el 1 de diciembre de 2021.

De acuerdo a la sentencia, a propuesta del Ministro Luis Espíndola, el evento infringió normas electorales y el modelo de comunicación política vigente, al difundir acciones y logros de gobierno, cuando ya habían iniciado procesos electorales en Aguascalientes, Durango, Oaxaca y Tamaulipas.