La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la ampliación de facultades otorgadas a la presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE), Guadalupe Taddei Zavala, para nombrar a titulares de áreas clave sin consultar al Consejo General, al desechar la última impugnación presentada por el propio organismo electoral.
¿Qué implican las nuevas facultades del INE?Con una mayoría de seis votos, el Pleno respaldó el proyecto de la ministra María Estela Ríos González, quien propuso declarar improcedente la controversia constitucional promovida por el INE, al considerar que este recurso no es la vía adecuada para controvertir leyes de carácter electoral, como las modificaciones a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).
Durante la sesión, Ríos González sostuvo que las reformas no vulneran la autonomía ni la independencia del INE, ya que no permiten la intromisión de otros poderes en su organización interna. Señaló que la Constitución es clara respecto al ámbito de acción de los órganos autónomos y no admite una distinción entre normas electorales "directas" o "indirectas".
Detalles sobre la controversia constitucional del INENo obstante, el fallo generó un debate entre los ministros. Loretta Ortiz Ahlf y Giovanni Figueroa Mejía consideraron que los artículos impugnados sí podían ser analizados mediante controversia constitucional, al incidir directamente en la organización interna y en la distribución de competencias del INE, lo que, a su juicio, podría afectar su autonomía constitucional.
Pese a estas posturas, la mayoría del Pleno determinó desechar el recurso, con lo que quedó firme la facultad de la presidenta del INE para realizar nombramientos administrativos sin el aval del Consejo General, una decisión que marca un precedente relevante sobre el alcance del control constitucional en materia electoral y el funcionamiento interno de los órganos autónomos.