Juicio sobre contrabando y fuga de los reos guardas del tabaco (1841)

Al pasar la guarnición por el rancho Olmitos no encontraron a ningún hombre en el lugar. Ahí, la mujer de Salvador Cavazos se vio forzada a entregar 12 onzas de tabaco de su casa al guarda Rafael Ollervides, según la declaración de su compañero Pioquinto. Este rancho se encontraba al norte del rancho El Ébano, donde en el siglo XX se fundaría la ciudad de Río Bravo, en las inmediaciones del estero de la Bolsa de Judas

-Segunda parte-

En julio de 1841, la guarnición asignada para controlar el contrabando del tabaco en la jurisdicción de Reynosa provenía del Puerto de Matamoros, donde se encontraba su administrador, don José María Barriga. El grupo estaba constituido por los guardas matamorenses Rafael Ollervides, Pioquinto Porras y Dionicio Sáenz. Los tres hombres eran comandados por el cabo José Díaz Platas, originario de España.

Al oriente, dentro de la jurisdicción de la villa de Reynosa, en la comunidad de la Mesa y en el rancho la Soledad habían decomisado unas 28 libras de tabaco, entre de hoja y de prensa. Más tarde el guarda Pioquinto Porras y el cabo José Díaz Platas declararían ante el alcalde 2º Constitucional de Reynosa, Severiano Medrano que, la guarnición cobraba 6 reales por libra de tabaco de hoja y 1 peso por el de prensa decomisado.

Al pasar la guarnición por el rancho Olmitos no encontraron a ningún hombre en el lugar. Ahí, la mujer de Salvador Cavazos se vio forzada a entregar 12 onzas de tabaco de su casa al guarda Rafael Ollervides, según la declaración de su compañero Pioquinto. Este rancho se encontraba al norte del rancho El Ébano, donde en el siglo XX se fundaría la ciudad de Río Bravo, en las inmediaciones del estero de la Bolsa de Judas. 

Hacia el poniente se encontraba el rancho la Barranca donde el resguardo recogió de la mano de Santiago Rendón 14.5 libras de hoja de tabaco. Debido a ese gesto, la casa de Rendón no fue cateada por el resguardo, de acuerdo con la declaración que dio del guarda Pioquinto Porras, aunque esto era contrario a lo que declaró el guarda Ollervides. En este decomiso estuvo presente el dueño de dicho rancho, don José María Cano. 

 

La Escondida

Al pasar por La Escondida, el resguardo cateó dos casas, la de Jesús Cavazos y la de Bernardo López. De la de Cavazos sacaron nada más dos planchitas de tabaco, mientras que de la de López decomisaron 1.5 libras de tabaco y 1 o 2 planchitas. 

Ahí, ambas casas fueron cateadas por los guardas ante la presencia del encargado del rancho, don Roberto López. En la declaración de Rafael Ollervides expuso que, Jesús Cavazos ya le había entregado las planchitas en una caja, antes de que llegara el encargado de La Escondida.

La Escondida en esos años se encontraba cerca del río, en lo que es ahora parte de la mancha urbana de Reynosa. El rancho La Escondida fue parte de la porción número 6, cedida por el rey de España a Félix Lorenzo de la Garza durante la primera repartición de tierras, conocida como Protocolos de los Autos de la General Visita (1767-1768).

Doña Jacoba Galbana, una viuda española, llegó a estas tierras cuando se fundó la primera villa Nuestra Señora de Guadalupe de Reynosa (en Reynosa Díaz) a mediados del siglo XVIII, acompañada de sus hijos Francisco Javier y Félix Lorenzo de la Garza, de 19 y 17 años de edad respectivamente. El hermano de Félix obtuvo la porción 7, también durante el primer repartimiento de tierras.

El espacio, de las porciones 6 y 7 de los dos hermanos de la Garza, cubre actualmente varias colonias y ranchos al oriente de la ciudad, como son Corrales, Unidad Obrera, Almaguer e incluso el propio Aeropuerto Internacional de Reynosa. Félix de la Garza vendería su porción 6 de tierra a José Antonio Cavazos en 1793. En 1841, Jesús Cavazos era el propietario de La Escondida, aparentemente un descendiente del comprador mencionado.

 

El decomiso en Reynosa

El decomiso más grande se llevó a cabo en la misma villa de Reynosa, en la casa de Celedonia Bazán, persona que se menciona en las declaraciones de los tres miembros del Resguardo de Tabacos como Severiana Bazán.  

En el cateo hecho en la casa de esta mujer se extrajeron 39 libras de hojas de tabaco. Fue en esta casa donde se desarrolló la disyuntiva entre el resguardo y la autoridad de Reynosa.

Aparentemente el guarda Rafael Ollervides ya había cateado la casa de la Sra. Bazán para cuando llegó don Andrés Muguerza, alcalde 1º de Reynosa, a dar la orden de la búsqueda del contrabando, como se mencionó en la nota pasada de este matutino. En la declaración presentada por el cabo José Díaz Platas, él había llegado con el alcalde y uno de los guardas a hacer el cateo. El comandante de la guarnición de tabacos negó haberle dado la orden a Ollervides para que registrara la casa de la Sra. Bazán. 

  • Incluso, el cabo decía que el guarda Ollervides no había cateado la casa.

El guarda Pioquinto Porras, al contrario, declaró que Ollervides tenía recogido el contrabando y esperaba fuera de la casa, cuando el alcalde de Reynosa llegó al lugar. El propio Ollervides en su declaración dijo que no había recogido el tabaco y que esperaba observando solo, afuera de la casa de la Sra. Bazán. 

Pero como se mencionó al principio, en el escrito presentado por Celedonia Bazán al alcalde 2º Constitucional Severiano Medrano, ella redactó que, le había mencionado al hombre desconocido (Rafael Ollervides) que tenía aproximadamente una arroba (25.4 libras) de hoja de tabaco en su casa, dentro de un cajón.

La cantidad exacta extraída ilegalmente por el guarda Ollervides de la casa de la Sra. Bazán fueron 39 libras de hoja de tabaco. Al no contar con la presencia del alcalde 1º, don Andrés Muguerza, durante ese primer cateo, el decomiso del contrabando era ilegal por parte del Resguardo de Tabacos. Es muy probable que en esa primera incautación en la casa de la Sra. Bazán, estuvieran presentes con Rafael Ollervides, el guarda Dionicio Sáenz y su hermano José Ollervides.

El día 23 julio, 1841, el 2º alcalde Constitucional, Severiano Medrano, dispuso que se le librara oficio al Juzgado 1º Constitucional para que Dionicio y José se pusieran en calidad de detenidos, para poderles recibirles su declaración.  

Tres días después, el 26 de julio, ya no se presentó en la guarnición Rafael Ollervides y se le buscó en el lugar de su alojamiento, sin poderlo encontrar. Pronto se supo que, el otro guarda Dionicio Sáenz y el hermano, José Ollervides, también se habían fugado.

El 26 de julio de 1941, el alcalde 1º de Reynosa, Andrés Muguerza, declaró que el día 14 de julio se había presentado a los 2:30 de la tarde a autorizar el cateo de la casa de la Sra. Bazán por oficio del Subprefecto. Esto se basaba en una lista, que le entregó el cabo José Díaz Plata, de casas que se debían catear por guardar contrabando de tabaco.  

Al llegar al lugar con dicho cabo y uno de los guardas, de quién no supo su nombre, encontró a quien supo después que era el guarda Rafael Ollervides, sentado fuera del jacal sobre un saco de ixtle.

Muguerza autorizó el cateo de la casa sin encontrar nada de tabaco en el interior. Fue entonces que le informaron sobre el contenido del saco donde reposaba el guarda. El alcalde 1º Constitucional dedujo sin dudar que, el guarda había extraído el contrabando sin la autorización competente. Al día siguiente, Muguerza envió un exhorto al Juzgado 1º de Matamoros requiriendo la captura de los prófugos. 

Explicaba que todo había quedado ilusorio con la fuga de los guardas, sin poder evacuar el sumario de los hechos del contrabando de tabaco, que eran vicisitudes tan escandalosas.

El alcalde 2º, Severiano Medrano, al ver que tenía que demorar las diligencias en su Juzgado, decidió remitir el expediente al letrado don Antonio Canales, quien residía en Camargo. Esto era con el propósito de que, a su vista, sirviera decirle el fallo que este juzgado debía de dar. 

Después de un estudio minucioso del caso, el Lic. Antonio Canales veía que los guardas de la extinta empresa de tabaco habían hecho varios cateos arbitrariamente en la jurisdicción de Reynosa. Habían impuesto y cobrado multas a los dueños de casa, allanando todo sin conocimiento, ni orden de ninguna autoridad. 

Para el Lic., tales hechos merecían ser severamente castigados como atentatorios contra la seguridad y derechos de los ciudadanos de la República. El alcalde 2º estaba obligado a remitir el sumario al Juez de 1ª Instancia del Distrito, poniendo a su disposición los reos con la seguridad correspondiente.

El día 31 de julio de 1841, después de librar exhortos para la captura de los guardas prófugos, el alcalde Severo Medrano remitió a Matamoros al cabo José Díaz Platas y a Pioquinto Porras en prisión con el Sargento Francisco, un cabo y seis soldados defensores de la villa. El sargento lleva las diligencias revisadas por el Lic. Canales, que se deberían entregar al Juez de 1ª Instancia.

A finales del año anterior de 1840 había terminado la guerra de los dos años entre los federalistas y centralistas. En Reynosa, al ser reelecto el ayuntamiento, fue presidido por Antonio Domínguez hasta abril de 1841. 

En ese mes este alcalde renunció debido a que era ya de gran edad y contaba con muchos achaques de salud. Fue entonces que Andrés Muguerza y Severiano Medrano fueron electos como alcaldes 1º y 2º de la villa y quienes llevarían el caso de esta historia.


El letrado, Licenciado Antonio Canales quien reviso las diligencias de este caso de contrabando de tabaco en Camargo.