El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer, a través de un comunicado de prensa, los lineamientos operativos del programa piloto que integrará a conductores, repartidores y demás prestadores de servicios mediante plataformas digitales al Régimen Obligatorio del Seguro Social.
Esta disposición, que comenzará a aplicarse el 1 de julio de 2025, busca garantizar que este sector cuente con servicios de salud, incapacidades temporales, jubilaciones y protección ante riesgos laborales con base en los ingresos mensuales que perciban, según dicho comunicado.
Registro, afiliación y aportaciones
Las empresas de aplicaciones digitales deberán registrarse como empleadores ante el IMSS, afiliar a sus colaboradores desde el momento en que ingresan a la plataforma y reportar cada mes los ingresos obtenidos para calcular el salario base sobre el cual se determinarán las cuotas obrero-patronales.
Incluso, si una persona no alcanza el ingreso mínimo requerido podrá ser cubierta por el Seguro Social en caso de accidente o enfermedad derivados de su actividad, y la empresa estará obligada a cubrir las cuotas durante el tiempo de incapacidad, señala el comunicado.
Evaluación y seguimiento
El Instituto contará con 180 días naturales para evaluar resultados del programa piloto. Durante ese periodo los trabajadores podrán verificar su situación afiliatoria, tramitar su número de Seguridad Social por Internet y recibir asesoría en subdelegaciones locales.
Por su parte, las plataformas deberán habilitar el Buzón IMSS y podrán recibir propuestas automáticas de pago, según los movimientos de afiliación que reporten mensualmente.
Regularización y servicios otorgados sin afiliación
En los casos donde una persona haya utilizado los servicios del IMSS sin estar dada de alta, el Instituto podrá solicitar el pago retroactivo de cuotas o cobrar los servicios prestados como atención a personas no derechohabientes, de acuerdo con las tarifas establecidas.
Con esta medida, el IMSS avanza en la formalización y protección social de trabajadores independientes, marcando un precedente en la regulación de empleos no convencionales que crecen al ritmo de la economía digital.
ES POR LEYEl artículo 291-F establece que estos trabajadores tendrán acceso a beneficios como los siguientes:
Aguinaldo
Vacaciones y prima vacacional
Descanso semanal
Pago de horas extras
Seguro social
Infonavit
Libertad sindical