Ampara SCJN a indígenas contra megapresa

La Suprema Corte de Justicia amparó hoy a residentes del poblado sonorense de Bacanuchi contra el proyecto de la empresa Grupo México para construir una gigantesca presa de jales en su mina de Cananea.

Por cuatro votos contra uno, la Segunda Sala concedió un amparo promovido por 44 de los alrededor de 220 habitantes de la comunidad mencionada, que impugnaron la licencia ambiental para la presa, otorgada por la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales en julio de 2013.El argumento para el recurso, que se ha vuelto recurrente en casos de proyectos de infraestructura, fue que no se respetó el derecho de consulta previa de la comunidad indígena de Bacanuchi, Municipio de Arizpe, Sonora, aunque el caso tiene matices novedosos porque la presa sería construida al norte en Cananea, que es un Municipio distinto.Horas antes de la sesión de la Corte, el Relator Especial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) sobre el manejo de sustancias tóxicas, Baskut Tuncak, difundió una carta en la que manifestaba a los Ministros su preocupación por el caso, que resulto infundado, pues sólo Eduardo Medina Mora voto en contra de amparar.Se debió consultar a los integrantes de la comunidad de Bacanuchi previo a la emisión de la autorización otorgada para construir y operar una presa de jales mineros, en aras de cumplir con la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, afirmo la mayoría de Ministros.La licencia de Semarnat fue previa al desastre de agosto de 2014, cuando 40 mil metros cúbicos de lixiviados de cobre se derramaron desde las instalaciones de la mina, contaminando los ríos Sonora y Bacanuchi, lo que eventualmente obligó a Grupo México a aportar dos mil millones de pesos a un fideicomiso para reparaciones.La presa de jales, que sirve para concentrar los desechos de los procesos mineros de Cananea, ocuparía un polígono de 6 mil 535 hectáreas, con una cortina de 200 metros de altura, por lo que sería el cuerpo de agua más grande de Sonora.El amparo fue promovido en marzo de 2016 y en primera instancia había sido desechado por una jueza federal de Agua Prieta, que consideró que los habitantes de Bacanuchi no tenían interés legítimo para exigir que se les consulte una obra en otro municipio.La Corte no detalló en su comunicado los efectos del amparo, pero en estos casos, lo habitual es obligar a la Semarnat y a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a realizar una consulta, ajustándose a rigurosos parámetros que los propios Ministros han ido fijando, ya que no hay ley secundaria que regule este derecho constitucional.Las consultas suelen tomar meses o años, durante los cuales Grupo México no podría ejecutar la obra.El resultado de la consulta no es vinculatorio para el Gobierno, pero sí se tiene que tomar en cuenta antes de otorgar una nueva licencia ambiental.Tampoco está claro si la consulta también tendría que abarcar a otras comunidades de los municipios de Arizpe y Cananea, donde residen más de 40 mil personas